lunes, 4 de enero de 2010

derechos de los pacientes con epilepsia en la ciudad de buenos aires- LEYES-DERECHOS

Derechos de los pacientes con epilepsia :
En la presente obra hemos resaltado el fenómeno discriminatorio y excluyente de las personas con necesidades especiales y una de ellas son las personas con epilepsia por ello mismo la ley 25404, sancionada el 7 de marzo del año 2001 y promulgada de hecho el 28/03/01 y publicada en el boletín oficial el 3/04/01 establece un sistema de protección especial de quienes padecen epilepsia y consta de trece artículos.
En síntesis , lo que se Persigue como propósito, la finalidad de esta ley, es su pleno ejercicio para contrarrestar el acto discriminatorio y cabe destacar los siguientes elementos a modo enunciativo :
a) se incorpora las prestaciones médicas obligatorias,
b) se reafirman los plenos derechos en el ámbito educativo y laboral.
c) Se considera discriminatorio considerar la epilepsia como impedimento alguno para el acceso a un puesto de trabajo.
En esta ley se contemplan los siguientes derechos de las personas con epilepsia : el derecho de los pacientes a recibir la medicación antiepiléptica en forma gratuita , cuando carecen de cobertura social , la no discriminación laboral , escolar o social y por ultimo la implementaciòn de planes de educación permanente y campañas de divulgación destinadas a la comunidad en general, a los pacientes y familiares y a los profesionales médicos y no médicos , acerca de lo que es la epilepsia .
El programa REMEDIAR distribuye en forma gratuita las drogas antiepilépticas clásicas desde el año 2002.
Por otra parte, durante los años 2002-2005, funciona en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en Provincia de Buenos Aires programas especiales dedicados al cuidado del paciente con epilepsia .
Los mismos satisfacen las necesidades de diagnostico y tratamiento de los pacientes sin obra social.
Los enfermos con epilepsia y cobertura social, se ven favorecidos con la resolución 310/2004, del PMOE ( programa medico obligatorio ), a través de los cuales se establece que para los pacientes con enfermedades crónicas , entre las que se incluye a la epilepsia , el costo del tratamiento debe ser cubierto en 70%.
La resolución 1846/GCABA/SS/03 sancionado el 12/09/03 autoriza el funcionamiento de un centro de derivación de atención a la epilepsia , en el hospital Ramos Mejía y cuenta con una moderna unidad de monitoreo electroence-folográfico prolongado, que permite realizar el diagnostico diferencial de una crisis de epilepsia y localizar la región epileptogénica en pacientes que requieren en el futuro la necesidad de una intervención quirurquica .
El decreto 368/07, sancionado el 8/03/07 , se crea la sección de atención de epilepsia en el hospital Ramos Mejía , bajo dependencia de la división neurológica del departamento de medicina.

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